Derecho, derechos y democracia: un análisis critico al positivismo ético*

Sheila Stolz

Resumo


En el centro del debate sobre la crisis que enfrenta la teoría positivista existen iusteóricos que han propuesto un retorno a los orígenes del positivismo jurídico anglosajón, es decir, a Jeremy Bentham y John Austin. Este artículo tratará de un particular tipo de positivismo jurídico que hace algunas décadas recibió el nombre de ideológico y que, en los últimos años –particularmente en el ámbito anglosajón-, viene siendo nombrado de axiológico, normativo o ético. El empleo del término ético –de indudable carga emotiva- pretende demostrar que, al contrario de lo que se suele argüir, el positivismo jurídico no es una teoría insensible al análisis moral de los sistemas jurídicos. Por tanto, desde las hileras del positivismo ético se aboga por su carácter prescriptivo, eso es, por los fundamentos morales y políticos por los que vale la pena defender el positivismo jurídico y que están en la base de las afirmaciones sobre cómo deber ser el Derecho, cómo deben proceder los legisladores, cómo debe ser ejercida la interpretación jurídica y cuál debe ser el lugar de los derechos humanos en los sistemas jurídicos contemporáneos.

Palavras-chave


teoría del derecho; crisis del positivismo jurídico; positivismo ético.

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DOI: 10.17808/des.34.233

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ISSN: 1516-6104